NORMATIVA
Ley 2/1996 de 23 de marzo de sociedades limitadas
DESCRIPCIÓN
Sociedad mercantil con capital dividido en participaciones con responsabilidad limitada
CAPITAL SOCIAL
Mínimo 3.005 • y totalmente desembolsado
NUMERO DE SOCIOS
Mínimo 1
RESPONSABILIDAD
Limitada al capital. Compleja en la unipersonal
RÉGIMEN FISCAL
Impuesto Sociedades e I.V.A.
SEGURIDAD SOCIAL
Régimen General o Autónomos
ÓRGANO RECTOR
· Junta General
· Consejo Administración o Administrador
REQUISITOS
Escritura Pública de constitución e inscripción en el Registro Mercantil
VENTAJAS
· No exige elevada cantidad de capital para constituirse
· La responsabilidad de los socios está limitada a las aportaciones
· Hay menos rigor formal que en las sociedades anónimas
DESVENTAJAS
Se pueden transmitir libremente las participaciones, pero con el consentimiento de los demás partícipes
TRAMITES DE CONSTITUCIÓN
· Certificación negativa del nombre elegido en el Registro Mercantil en impreso con elección de hasta tres nombres. Hay que presentarlo al Notario. Hay un plazo de validez de tres meses desde la solicitud y después hay que renovarlo si es necesario
· Escritura de Constitución y de Estatutos firmada por todos los socios ante notario. Hay que presentar certificado bancario de haber abonado el capital.
· Liquidación del ITP y AJD (1% gravamen C. Social)
· Inscripción en el Registro Mercantil con la certificación negativa, justificante del pago del ITP y AJD y 1ª copia de la escritura.
TRAMITES DE PUESTA EN MARCHA
· Solicitud del CIF en modelo 036 o similar
· Alta en el Impuesto de Actividades Económicas, modelo 845 o similar
· Declaración Censal en modelo 036 o similar
· Adquisición y sellado de los libros de contabilidad y de la sociedad
· Alta de la empresa en la Seguridad Social y alta trabajadores
· Comunicación de la Apertura del Centro de Trabajo
· Adquisición y sellado del Libro de Visitas y de Matrícula
· Solicitud de licencia de apertura, en su caso, al Ayuntamiento
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